DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase al
oficio No. 11632
26 de noviembre, 2010
DJ-4032-2010
Señora
Licda. Giselle Salazar Carvajal
Jefe de Recursos Humanos
Instituto Costarricense de Pesca y Acuacultura
Estimado señora:
ASUNTO: Se rechaza consulta sobre criterio legal del artículo 34 de la Ley de Control Interno.
Se refiere este Despacho a su oficio número JRH-357-2010 del 12 de noviembre de 2010,
recibido en esta Contraloría General el pasado 12 de noviembre de 2010, en el cual se consulta en
relación con el criterio legal del artículo 34 de la Ley de Control Interno.
Es pertinente señalar, en primera instancia, que en el ejercicio de la potestad consultiva
atribuida a la Contraloría General en el artículo 29 de su Ley Orgánica y regulada mediante la
Circular no. CO-529 sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la
República (publicada en el diario oficial La Gaceta no. 107 del 5 de junio de 2000), el órgano
contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas que deben ser resueltas por la
administración respectiva, sino que en el ejercicio de sus funciones emite criterios generales sobre
aspectos técnico-jurídicos que deben orientar a las administraciones en la toma de sus decisiones y
que resultan vinculantes en lo de su competencia.
Así mismo como la Circular lo indica, cabe advertir que toda consulta debe presentarse,
debidamente firmada por el jerarca del ente u órgano consultante.
Por otra parte, mediante circular publicada en La Gaceta No 76 del 21 de abril de 1988 se
estableció, en cuanto a las consultas dirigidas al Departamento Legal, que la Contraloría General
solamente atendería consultas en materias propias de su competencia, acompañadas del criterio
legal sobre el asunto de que se trate.
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En esa línea, advertimos que la gestión que se nos formula no se ajusta a los términos
expuestos ...
Fecha publicación: 28/11/2010
Fecha emisión: 25/11/2010
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUACULTURA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO